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La Penitenciaría Apostólica decreta indulgencia especial para los afectados por el COVID-19

Publicado:
20 marzo, 2020

Se otorgan indulgencias especiales a los fieles afectados por la enfermedad de Covid-19, comúnmente conocida como Coronavirus, así como a los trabajadores de la salud, los miembros de la familia y todos aquellos que, en cualquier capacidad, incluso con oración, los cuidan.
“Alégrate en la esperanza, constante en la tribulación, perseverante en la oración” (Rom 12,12).
Las palabras escritas por San Pablo a la Iglesia de Roma resuenan a lo largo de la historia de la Iglesia y guían el juicio de los fieles ante cada sufrimiento, enfermedad y calamidad.
El momento presente en el que toda la humanidad está amenazada, amenazada por una enfermedad invisible e insidiosa, que desde hace mucho tiempo ha entrado fuertemente en la vida de todos, está marcada día tras día por temores angustiados, nuevas incertidumbres y sobre todo un sufrimiento físico generalizado. y moral.
La Iglesia, siguiendo el ejemplo de su Divino Maestro, siempre ha tenido ayuda para los enfermos de corazón. Como lo indicó San Juan Pablo II, el valor del sufrimiento humano es doble: «Es sobrenatural, porque está enraizado en el misterio divino de la redención del mundo, y también es profundamente humano, porque en él el hombre se encuentra a sí mismo, el su humanidad, su dignidad, su misión “(Carta Apostólica Salvifici doloris, 31).
Incluso el Papa Francisco, en los últimos días, ha expresado su cercanía paterna y ha renovado la invitación a rezar sin cesar por los pacientes con coronavirus.
Para que todos los que sufren a causa de Covid-19, precisamente en el misterio de este sufrimiento, puedan redescubrir “el mismo sufrimiento redentor de Cristo” (ibid., 30), esta Penitenciaria Apostólica, ex auctoritate Summi Pontificis, confiando en la palabra de Cristo el Señor y considerando con espíritu de fe que la epidemia actualmente en curso, que se vivirá en términos de conversión personal, otorga el don de Indulgencias bajo las siguientes condiciones.
La indulgencia plenaria se otorga a los fieles afectados por el coronavirus, sometidos a un régimen de cuarentena por disposición de la autoridad de salud en hospitales o en sus propios hogares si, con el alma separada de cualquier pecado, se unen espiritualmente a través de los medios de comunicación para la celebración de la Santa Misa, la recitación del Santo Rosario, la práctica piadosa del Vía Crucis u otras formas de devoción, o si al menos recitarán el Credo, el Padre Nuestro y una invocación piadosa a la Santísima Virgen María, ofreciendo esta prueba en un espíritu de fe en Dios y la caridad hacia nuestros hermanos y hermanas, con la voluntad de cumplir las condiciones habituales (confesión sacramental, comunión eucarística y oración según las intenciones del Santo Padre), tan pronto como sea posible para ellos.
Trabajadores de la salud, miembros de la familia y aquellos que, siguiendo el ejemplo del Buen Samaritano, exponiéndose al riesgo de contagio, ayudan a los pacientes con Coronavirus de acuerdo con las palabras del divino Redentor: «Nadie tiene un amor más grande que esto: dar vida por sí mismos amigos »(Jn 15, 13), obtendrán el mismo don de la indulgencia plenaria en las mismas condiciones.
Además, esta penitenciaria apostólica otorga voluntariamente la indulgencia plenaria en las mismas condiciones con motivo de la epidemia mundial actual, incluso a aquellos fieles que ofrecen una visita al Santísimo Sacramento, o la adoración eucarística, o la lectura de las Sagradas Escrituras durante al menos media hora, ya sea la recitación del Santo Rosario, o el ejercicio piadoso del Vía Crucis, o la recitación de la Coronilla de la Divina Misericordia, para implorar al Dios Todopoderoso el cese de la epidemia, el alivio para aquellos que están afligidos y la salvación eterna. de cuántos se ha llamado el Señor a sí mismo.
La Iglesia reza por aquellos que encuentran imposible recibir el sacramento de la Unción de los enfermos y el Viático, confiando a todos y cada uno a la Misericordia divina en virtud de la comunión de los santos y concede la Indulgencia plenaria al fiel en el momento de la muerte, siempre que haya estado debidamente dispuesto y haya recitado habitualmente algunas oraciones durante la vida (en este caso, la Iglesia compensa las tres condiciones habituales requeridas). Para lograr esta indulgencia, se recomienda el uso del crucifijo o la cruz (cf. Enchiridion indulgentiarum, n.12).
La Santísima Virgen María, Madre de Dios y de la Iglesia, Salud de los Enfermos y Ayuda de los Cristianos, nuestra abogada, quisiera ayudar a la humanidad sufriente, rechazando de nosotros el mal de esta pandemia y obteniendo todo el bien necesario para nuestra salvación y santificación.
Este decreto es válido a pesar de cualquier disposición contraria.
Dado en Roma, desde la sede de la Penitenciaría Apostólica, el 19 de marzo de 2020.
Mauro Card. Piacenza
Penitenciaría mayor

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