Tasas Interdiocesanas

Las presentes disposiciones, que entrarán en vigor el día 1 de enero de 2026, serán de aplicación en las diócesis pertenecientes a la Provincia Eclesiástica de Sevilla, a excepción de las diócesis de Canarias y Tenerife.

  1. Estipendio de la Misa
  2. Tasas de las curias diocesanas y de las parroquias
  3. Tasas de los procesos para las Causas de los Santos
  4. Ofrendas fieles celebración sacramentos y sacramentales
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