Ante el nuevo decreto de estado de alarma promulgado por Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, y la Orden de la Consejería de Salud y Familia de la Junta de Andalucía de 29 de octubre de 2020, por la que se establecen los niveles de alerta sanitaria y se adoptan medidas temporales y excepcionales por razón de salud pública en Andalucía para la contención de la COVID-19, actualizamos las disposiciones dadas por la Vicaría General de la Diócesis de Huelva el pasado 7 de mayo de 2020.
1. En primer lugar, recordamos que, como miembros de la Iglesia y ciudadanos de una sociedad víctima de una grave crisis sanitaria, debemos ser responsables en la contención de la propagación de la Covid-19 y en la lucha con todos los que se esfuerzan por superar la actual situación. Apelamos, por tanto, a la responsabilidad y al sentido común en la aplicación de estas medidas, así como a mantenerse informados en todo momento sobre las nuevas disposiciones de la Junta de Andalucía en esta materia.
2. Medidas Generales.
Siguen vigentes, en todas las parroquias y santuarios de la Diócesis de Huelva, las siguientes medidas:
a) Se aconseja a las personas mayores de 65 años, enfermas o en situación de riesgo no participar de celebraciones, reuniones u otros actos religiosos.
b) Es obligatorio el uso de mascarilla con carácter general en todos los espacios y actividades de la Iglesia, así como la distancia de seguridad mínima de 2 m. Recomendamos que se marquen en los bancos los asientos que puedan ocuparse.
c) Las pilas de agua bendita continuarán vacías.
d) En la entrada de los templos debe colocarse visiblemente un cartel con el aforo permitido según el porcentaje que establezca el nivel de alerta sanitaria.
e) Las puertas de las iglesias se mantendrán abiertas a la entrada y a la salida de las celebraciones, asegurando el tránsito a la hora de entrar y salir que deberá realizarse de forma ordenada.
f) Se recomienda mantener un solo cantor o algunas voces individuales y algún instrumento y no distribuir hoja de cantos ni pliegos con las lecturas o cualquier otro objeto o papel.
g) Durante la celebración de la liturgia, se mantienen las medidas de seguridad con respecto a la manipulación de los vasos sagrados, a la desinfección previa al canon de la misa y a la distribución de la comunión y el saludo de paz.
h) Se recomienda una desinfección continua del templo, bancos, objetos litúrgicos, etc.
i) Toda celebración y actividad pastoral deberá realizarse fuera del horario de toque de queda, teniendo en cuenta el tiempo de desplazamiento.
3. Según los niveles de alerta sanitaria.
La Junta de Andalucía ha establecido niveles de alerta sanitaria para la gestión de esta crisis que se aplican, en función de la evolución de los indicadores de riesgo determinados por la autoridad sanitaria, en los distintos distritos sanitarios.
Puesto que la provincia de Huelva cuenta con tres distritos sanitarios (Huelva-Costa, Condado-Campiña y Sierra de Huelva-Andévalo Central), teniendo en cuenta que esta distribución no coincide con la organización arcipreste de la Diócesis de Huelva, cada parroquia deberá atender al nivel en el que se encuentre el distrito sanitario al que pertenece.
a) Participación en funerales y comitiva para el enterramiento o cremación:
La participación en funeral o comitiva para el enterramiento o cremación de la persona fallecida se restringe a: en nivel 2 un máximo de 25 personas, entre familiares y allegados, sin contar con el ministro de culto; en nivel 3 un máximo de 20 personas; y en nivel 4 un máximo de 15 personas.
b) Celebraciones religiosas:
En el nivel 2 y 3, las celebraciones no podrán exceder de un aforo máximo del 50%, siempre y cuando sea posible mantener la distancia interpersonal de 2 m. Este aforo se reduce al 30 % en el nivel 4. El número de personas permitidas deberá publicarse visiblemente en la entrada del templo.
c) Otras actividades:
En cuanto a la actividad catequética, síganse las indicaciones del Protocolo Diocesano de Catequesis elaborado por la Delegación Diocesana para la Catequesis.
Puesto que el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre (en su artículo 7, parágrafo 4), excluye la limitación de seis personas (establecida como máximo en el parágrafo 1) para la actividad laboral o institucional, entendemos que las reuniones formativas y catequéticas no están incluidas en esa limitación. No obstante, debe respetarse en todo momento el uso de mascarilla, higiene de manos y distancia de seguridad.
Francisco Echevarría Serrano,
vicario general de la Diócesis de Huelva.
Huelva a 30 de octubre de 2020.