La Delegación Diocesana para las Hermandades, Cofradías, Santuarios y Piedad Popular pone a disposición esta normativa para la consulta y cumplimiento de las mismas. Desde la Delegación se invita a todas las hermandades y cofradías a acoger esta normativa con espíritu de comunión y responsabilidad. En este sentido, la Disposición Transitoria segunda establece un plazo de un año para la adaptación y adecuación de sus estatutos a lo dispuesto en la misma, como una herramienta al servicio de la vida cristiana y del anuncio del Evangelio en medio de la sociedad.